Política de Seguridad Vial

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COMBUSES S.A en el desarrollo de su misión de Formular y adoptar políticas dirigidas al aprovechamiento sostenible de los recursos, para contribuir al desarrollo económico y social cumple con la legislación vigente establecida en el Decreto 1079 del 26 de mayo de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte) y las demás normas que le aplican en materia de tránsito y transporte. La compañía implementara acciones que permitan prevenir la ocurrencia de incidentes y accidentes de tránsito, fomentando la participación activa y el mejoramiento continuo en el desarrollo del Plan Estratégico de Seguridad Vial. Como lineamientos de obligatorio cumplimiento, la compañía define los siguientes: 

1. Cumplir la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre y, en general, con el marco legal aplicable según su rol en la vía (conductor, pasajero, acompañante y peatón). 

2. Los vehículos propios y contratados deben estar amparados por las pólizas de garantía necesarias para la prestación de los servicios. 

3. prohibir el uso del celular u otro medio de comunicación mientras se esté conduciendo. 

4. Se prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol y sustancias psicoactivas durante el desarrollo de las actividades laborales.

5. Utilizar el cinturón de seguridad siempre que esté conduciendo. Cuando viaje como pasajero, siempre que la normativa aplicable lo exija

6. Respetar los límites de velocidad en cada uno de los corredores viales urbanos o rurales, sean vehículos propios o de terceros. 

7. Cumplir con el uso adecuado y suficiente de los Elementos de Protección Personal (EPP) chalecos reflectivos, conos y elementos de señalización, 

8. Cumplir con la política de regulación de horas de conducción y descanso. 

9.COMBUSES S.A se compromete a implementar actividades de promoción y prevención de accidentes en vía pública. 

10.todos los contratistas, subcontratistas y personal propio provistos con vehículos de la empresa o de terceros para el ejercicio de su labor diaria, son responsables de participar en las actividades de prevención
 
11.Cumplir con la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito terrestre según la ley 769 de 2002, enmarcando los principios de seguridad, calidad, preservación de un ambiente sano y la protección del espacio público.

12.Establecer estrategias de concientización de su personal y contratistas, a través de capacitaciones de orientación a la prevención de accidentes de tránsito, respeto de las señales de tránsito, adoptando conductas proactivas frente al manejo defensivo.

13.Vigilar la responsabilidad de su personal y contratistas frente a la realización de los mantenimientos preventivos y correctivos de los vehículos de la compañía o terceros, provistos para el ejercicio de su labor, con el objeto de mantener un desempeño óptimo de estos y establecer medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños a la persona o a la propiedad.


La alta dirección asigna los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para cumplimiento al Plan Estratégico de Seguridad Vial.

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