COMBUSES S.A en el desarrollo de su misión de Formular y adoptar polÃticas dirigidas al aprovechamiento sostenible de los recursos, para contribuir al desarrollo económico y social cumple con la legislación vigente establecida en el Decreto 1079 del 26 de mayo de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte) y las demás normas que le aplican en materia de tránsito y transporte. La compañÃa implementara acciones que permitan prevenir la ocurrencia de incidentes y accidentes de tránsito, fomentando la participación activa y el mejoramiento continuo en el desarrollo del Plan Estratégico de Seguridad Vial. Como lineamientos de obligatorio cumplimiento, la compañÃa define los siguientes:
1. Cumplir la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre y, en general, con el marco legal aplicable según su rol en la vÃa (conductor, pasajero, acompañante y peatón).
2. Los vehÃculos propios y contratados deben estar amparados por las pólizas de garantÃa necesarias para la prestación de los servicios.
3. prohibir el uso del celular u otro medio de comunicación mientras se esté conduciendo.
4. Se prohÃbe conducir bajo los efectos del alcohol y sustancias psicoactivas durante el desarrollo de las actividades laborales.
5. Utilizar el cinturón de seguridad siempre que esté conduciendo. Cuando viaje como pasajero, siempre que la normativa aplicable lo exija
6. Respetar los lÃmites de velocidad en cada uno de los corredores viales urbanos o rurales, sean vehÃculos propios o de terceros.
7. Cumplir con el uso adecuado y suficiente de los Elementos de Protección Personal (EPP) chalecos reflectivos, conos y elementos de señalización,
8. Cumplir con la polÃtica de regulación de horas de conducción y descanso.
9.COMBUSES S.A se compromete a implementar actividades de promoción y prevención de accidentes en vÃa pública.
10.todos los contratistas, subcontratistas y personal propio provistos con vehÃculos de la empresa o de terceros para el ejercicio de su labor diaria, son responsables de participar en las actividades de prevención
11.Cumplir con la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito terrestre según la ley 769 de 2002, enmarcando los principios de seguridad, calidad, preservación de un ambiente sano y la protección del espacio público.
12.Establecer estrategias de concientización de su personal y contratistas, a través de capacitaciones de orientación a la prevención de accidentes de tránsito, respeto de las señales de tránsito, adoptando conductas proactivas frente al manejo defensivo.
13.Vigilar la responsabilidad de su personal y contratistas frente a la realización de los mantenimientos preventivos y correctivos de los vehÃculos de la compañÃa o terceros, provistos para el ejercicio de su labor, con el objeto de mantener un desempeño óptimo de estos y establecer medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños a la persona o a la propiedad.
La alta dirección asigna los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para cumplimiento al Plan Estratégico de Seguridad Vial.